viernes, 19 de abril de 2013

Clases 18/4/2013 Presentaciones 3

Continuamos con los Servicios de Prevención, que quedó pendiente del día anterior.

Tratamos un poco más en detalle la Planificación de la Actividad Preventiva


Esta planificación es un requisito del artículo 8 del Reglamento de servicios de prevención y tiene como finalidad planificar la actividad preventiva necesaria en la empresa en función del resultado del informe de evaluación de riesgos, siguiendo unas acciones a realizar a las que hay que asignar una prioridad según su gravedad.

Cada acciones debe ser analizada individualmente, analizando el coste y la eficacia de dicha acción realizada por cada uno de los responsables, así como su control periódico, según lo exigido por el Artículo 9.

En los costes estarán:
  • Tanto los medios humanos y materiales necesarios.
  • Las medidas de emergencia y la Vigilancia de la Salud previstas en los artículos 20 y 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como la información y la formación de los trabajadores
  • Planificadas para un período determinado, estableciendo las fases y prioridades, dependiendo del riesgo.

Se muestran dos tablas autoexplicativas de ejemplo:




Servicios de Prevención Mancomunados. Estos servicios son una variedad de los servicios de Prevención Propios, en el que varias empresas de forma común, pero con personalidad jurídica independiente, forman un único Servicio de Prevención, pero se que atienden a la actividad de cada empresa, pero que al final, tendrán considerados a todos los efectos como un Servicio de Prevención Propio .
Para poder constituirse, las empresas deben desarrollar simultáneamente actividades en un mismo centro de trabajo, edificio o centro comercial, y además se garantice la operatividad y eficacia del servicio.

Su constitución se debería establecer por negociación colectiva o mediante acuerdo entre las partes (Estatuto de los Trabajadores, art 83.3) o, en su defecto, por decisión de las Empresas afectadas.

Los Servicios de Prevención Mancomunados deberán tener, a disposición de la Autoridad competente, la información relativa a las Empresas que lo constituyen  y, al grado de participación de las mismas.


A continuación se expone el trabajo Alberto Dorado, que no pudo exponerlo en el día en que lo hicieron sus compañeros, dentro del trabajo de PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LA EMPRESA. Expone la parte de Evaluar los Riesgos Laborales.


Una vez se han puesto los medios para evitar los RIESGOS, ahora tocaría EVALUAR PREVENTIVAMENTE LOS RIESGOS.

Hay que tener en cuenta la que Evaluación de los Riesgos Laborales, es el proceso dirigido a estimar la magnitud de los riesgos que no hayan podido evitarse.

Para ello, se necesitará personal técnico cualificado (acreditado), evaluando cada uno de los puestos, y siguiendo el método recomendado por el INSHT.

Se debe evaluar básicamente cada una de las medidas para evitar los riesgos mencionados anteriormente, y además debe aplicarse al inicio de la actividad, cuando se empleen nuevos equipos u otros cambios que afecten a las condiciones de trabajo, por la incorporación de un trabajador especialmente sensible, o cuando se hayan detectado daños a la salud o se demuestren que las medidas tomadas como prevención son inadecuadas o insuficientes.

Es necesario por tanto planificar y aplicar la actividad preventiva, haciendo evaluaciones periódicas si se pusieran de manifiesto situaciones de riesgo con el objetivo de eliminar, controlar o reducir dichos riesgos, actuando sobre la realización de las actividades:

  • Establecer procedimientos para que las actividades y decisiones de la empresa, se consideren el control preventivo sobre la salud y seguridad de los trabajadores
  • Determinar medidas de seguimiento y control preventivo a efectuar
  • Planificar acciones a tomar ante situaciones de emergencia
  • Establecer procedimientos de información para los trabajadores
  • Facilitar y controlar el cumplimiento de las obligaciones por parte de empresas subcontratadas en el centro de trabajo (en especial las empresas de trabajo temporal)
  • establecer procedimientos para elaborar y conservar la documentación resultante de actividades y medidas preventivas
  • Consultar a los trabajadores con al menos 15 días de antelación antes de poner en práctica una medida que pueda afectar el nivel de protección de la seguridad y de la salud.
  • Facilitar a los trabajadores canales para recibir propuestas y sugerencias



La evaluación debe realizarse por personal técnico, que forme parte de la organización de recursos y que cuente con la capacidad necesaria. Las funciones vienen establecidas en el capítulo VI (Funciones y niveles de cualificación) del Real Decreto 39/1997, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

No obstante, se realizarán personalmente por el empresario si son empresas de menos de 6 trabajadores, la actividad no sea considerada de riesgo, y se desarrolle la actividad de la empresa en el centro de trabajo. Además en ese caso deberá tener la capacidad correspondiente a las funciones preventivas a desarrollar según la regulación establecida.

Puede designarse a otros trabajadores con capacidad suficiente, cuando se trate de una empresa con un número de trabajadores entre 6 y 500, o bien hasta 250 si tienen actividades de riesgo, o cuando la autoridad laboral así lo decida.

Para las empresas en las que no resulte suficiente la designación de uno o varios trabajadores, deberán ser desarrolladas a través de uno o más servicios de prevención propios o ajenos.

Se pueden crear servicios de prevención propios, cuando se trate de empresas de más de 500 trabajadores, o teniendo entre 250 y 500, la actividad sea considerada de riesgo. También se puede crear en las empresas no incluidas en los apartados anteriores si así lo decide la autoridad laboral, previo informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, o en su caso las Comunidades Autónomas.

En estos casos, se deberá someter su sistema de prevención al control de una auditoria externa, que no podrá tener vinculaciones comerciales o financieras con la empresa.

También se puede participar en un servicio de prevención mancomunado, siempre y cuando las empresas desarrollen simultáneamente actividades en un mismo centro de trabajo, edificio o centro comercial y cuando así se establezca en al negociación colectiva o mediante acuerdos entre las organizaciones de trabajadores y empresarios sobre esta materia.

Se deberá contratar un servicio de prevención ajeno cuando no esté obligado a tener un servicio de prevención propio, y no sea insuficiente con la designación de uno o varios trabajadores, o que dada la peligrosidad de la actividad o gravedad de la siniestralidad en la empresa, la autoridad laboral decida el establecimiento de servicio de prevención, pudiendo en tal caso optar por el concierto con una empresa especializada.


A Continuación expone Francisco Javier López Pérez, cuyo trabajo consiste en:

Medidas para la prevención de riesgos ante pantallas de visualización 

Las medidas quedan reflejadas en la adaptación de la Directiva Europea 90/270/CEE del 29 de mayo de 1990, a las leyes españolas, y por ello, dictan un REAL DECRETO 488/1997, de 14 de abril, publicado en el BOE nº 97 de 23-04-1997.

Están destinados a los puestos de trabajo que necesiten la utilización de los equipos que incluyen pantallas de visualización, incluyéndose en la Ley de Prevención de Riesgos asociados al sector, quedando excluidos los puestos de conducción de vehículos o máquinas, los sistemas informáticos de un medio de transporte, y aquellos destinados al público general (puesto de atención automático).

También quedan excluidos los portátiles que no se usen de forma continuada en un puesto de trabajo, las calculadoras, cajas registradoras, y aquellos pequeños dispositivos de visualización de datos  o medidas para la utilización de esos equipos. Tampoco entran las máquinas de escribir clásicas en las que tengan "ventanilla".


Se define lo que es un puesto de trabajo, así como la propia definición de pantalla de visualización, (elemento hardware que ya nos es suficientemente conocido por otras asignaturas), así como la propia definición del trabajador que es afectado por este RD.

Los principales riesgos que tienen la utilización de pantallas de visualización, son para la vista, y los problemas físicos de carga mental, así como el posible efecto añadido o combinado de los mismos.

Se tomarán medidas de tiempo promedio de utilización diaria del equipo, del tiempo máximo de atención continua a la pantalla requerido y del grado de atención que exija dicha pantalla.

El empresario deberá reducir la duración máxima del trabajo continuado en pantalla, organizando la actividad diaria de forma que la tarea alterne con otras o bien estableciendo pausas necesarias cuando la alternancia no sea posible. Los periodos se suelen establecer en los Convenios Colectivos.

El empresario garantizará el derecho de los trabajadores realizando mediante personal sanitario competente una vigilancia adecuada, que se ofrecerá a los trabajadores:
  • Antes de comenzar a trabajar
  • Posteriormente, con periodicidad ajustada al nivel de riesgo a juicio del responsable médico
  • Cuando aparezcan trastornos que pudieran deberse a este tipo de trabajo

El empresario además deberá proporcionar gratuitamente a los trabajadores dispositivos correctores especiales para la protección de la vista adecuados al trabajo con el equipo de que se trate, SI los resultados de las evaluaciones, demostrasen su necesidad y no pueden utilizarse dispositivos correctores normales.

También debe garantizar una formación e información adecuada a los trabajadores sobre los riesgos derivados del uso de las pantallas de visualización. Debe ofrecerse antes de comenzar este tipo de trabajo y cada vez que la organización del puesto de trabajo se modifique de manera apreciable.

A partir de la publicación del RD., todos los dispositivos se han tenido que adaptar a las especificaciones que se indican en la Guía Técnica para la evaluación y prevención de riesgos que elabora el INSHT. 

Como anexo, se indican algunos puntos técnicos que debe cubrir el sistema.

El equipo en general, no debe ser fuente de riesgo alguna para los trabajadores (por ejemplo que no te de una descarga de corriente estática)

Con respecto a la pantalla:

  • Los cacaracteres deben estar bien definidos y configurados de forma clara teniendo una dimensión suficiente, disponiendo de un espacio adecuado entre los caracteres y los renglones.
  • La imagen de la pantalla deberá ser estable, sin fenómenos de destellos, centelleos u otras formas de inestabilidad.
  • El usuario de terminales con pantalla deberá poder ajustar fácilmente la luminosidad y el contraste entre los caracteres y el fondo de la pantalla, adaptándolos fácilmente a las condiciones del entorno.
  • La pantalla deberá ser orientable e inclinable a voluntad, con facilidad para adaptarse a las necesidades del usuario.
  • Podrá utilizarse un pedestal independiente o una mesa regulable para la pantalla.
  • La pantalla no deberá tener reflejos ni reverberaciones que puedan molestar al usuario.
El teclado debe ser inclinable e independiente de la pantalla para permitir que el trabajador adopte una postura cómoda que no provoque cansancio en los brazos o las manos.



Tendrá que haber espacio suficiente delante del teclado para que se pueda apoyar los brazos y las manos, y la superficie del teclado deberá ser mate para evitar los reflejos. Los símbolos de las teclas deberán resaltar suficientemente y ser legibles desde la posición normal de trabajo, siendo la disposición del teclado una fácil utilización.

La mesa debe ser poco reflectante, teniendo dimensiones suficientes para una colocación flexible de la pantalla, teclado y documentos o material accesorio.

El soporte de los documentos debe ser estable, regulable y estará colocado de tal modo que se reduzcan al mínimo los movimientos incómodos de la cabeza y los ojos.

El asiento del trabajo debe ser estable, proporcionando al usuario libertad de movimiento y procurando una postura confortable. Debe tener altura regulable, y el respaldo reclinable. También se proporcionará un reposapiés para quienes lo deseen.




Con respecto al lugar de trabajo:



  • El puesto de trabajo deberá tener una dimensión suficiente y estar acondicionado de tal manera que haya espacio para permitir los cambios de postura y movimientos de trabajo.
  • La iluminación general y la iluminación especial (lámparas de trabajo), deberán garantizar unos niveles adecuados de iluminación y unas relaciones adecuadas de luminancias entre la pantalla y su entorno, habida
  • cuenta del carácter del trabajo, de las necesidades visuales del usuario y del tipo de pantalla utilizado.
  • El acondicionamiento del lugar de trabajo y del puesto de trabajo, así como la situación y las características técnicas de las fuentes de luz artificial, deberán coordinarse de tal manera que se eviten los deslumbramientos y los reflejos molestos en la pantalla u otras partes del equipo.
  • Los puestos de trabajo deberán instalarse de tal forma que las fuentes de luz, tales como ventanas y otras aberturas, los tabiques transparentes o translúcidos y los equipos o tabiques de color claro no provoquen deslumbramiento directo ni produzcan reflejos molestos en la pantalla.
  • Las ventanas deberán ir equipadas con un dispositivo de cobertura adecuado y regulable para atenuar la luz del día que ilumine el puesto de trabajo.
  • El ruido producido por los equipos instalados en el puesto de trabajo deberá tenerse en cuenta al diseñar el mismo, en especial para que no se perturbe la atención ni la palabra.
  • Los equipos instalados en el puesto de trabajo no deberán producir un calor adicional que pueda ocasionar molestias a los trabajadores.
  • Toda radiación, excepción hecha de la parte visible del espectro electromagnético, deberá reducirse a niveles insignificantes desde el punto de vista de la protección de la seguridad y de la salud de los trabajadores.
  • Deberá crearse y mantenerse una humedad aceptable.

Con respecto a los programas, deben ser adaptados a la tarea a realizar y ser fáciles de usar adaptándose al nivel de conocimientos y experiencia del usuario.


Ahora comienza la exposición del siguiente trabajo:

Técnicas de lucha contra los Daños.

exponen:

Juan Antonio Clavero Sánchez.
Juan Pedro Sánchez Moreno.
Miguel Andrade Lima. 

Comienzan por la Seguridad en el Trabajo. 

Lo que se pretende como norma principal, es evitar en lo posible que sea posible o en su defecto que sea muy difícil accidentarse, incluso aunque alguien lo pretenda. Se tendrá consideración como daños tanto a personas, como a productos, maquinaria u otras instalaciones.

Ante un daño, todos son perjudicados, tanto el empleado como la empresa., para ello se establecerán unas condiciones de seguridad de forma que incidan sobre:
  • Lugares de trabajo (incluyendo comedores, servicios y cualquier otro lugar abierto o cerrado que implique su uso habitual en el puesto de trabajo)
  • Manejo de equipos, todos aquellos necesarios para su desempeño de trabajo, como herramientas, maquinarias, .... También se incluyen los vehículos e instalaciones de transporte móviles o fijos (cintas transportadoras, carretillas, elevadoras, ...).
  • Electricidad, por electrocución directa o indirecta, así como incendios ocasionados por cortocircuito o sobrecargas, así como explosión originada por chispa o arco eléctrico en locales con atmósferas inflamables. Los daños pueden ocasionar fibrilación ventricular (el corazón va demasiado rápido, puede causarse también por el estrés), paro cardíaco, asfixia, quemaduras y lesiones renales.
  • Incendio, para que se pueda dar lugar a un incendio, debe unirse 4 factores fundamentales: combustible, comburente (es el que proporcionado con el material combustible puede dar lugar a su combustión, el más normal es el oxígeno que en el aire está con una proporción del 21%, hay materiales inflamables que incluso pueden producir combustión con un 5%), calor y reacción en cadena.
  • Señalización, una correcta señalización, resulta eficaz como técnica de seguridad complementaria, pero no se debe olvidar que por si misma, no elimina ni reduce el riesgo, y por lo tanto se usarán cuando no sea posible eliminar o reducir el riesgo o bien sean insuficientes las medidas de protección colectiva e individual
Los riesgos que pueden estar sujetos a los lugares de trabajo, están las caídas al mismo nivel, las de distinto nivel, pisadas sobre objetos, choques contra objetos móviles e inmóviles, atropellos con vehículos, y caídas por desplome o derrumbamiento.

Las técnicas que se pueden emplear para evitar los riesgos causados por deficiencias en los lugares de trabajo son: 
  • Hacer estructuras sólidas, resistentes y estables sin sobrecarga
  • Establecer unas dimensiones mínimas para cada espacio de trabajo:  3 m de altura del suelo al techo (2,5 m en locales comerciales, de servicios, oficinas y despachos), 2 metros cuadrados de superficie libre por trabajador y 10 metros cúbicos  por trabajador.
  • Los suelos deben ser fijos, llanos,  estables y no resbaladizos, y las zonas con riesgo de caída de personas o materiales deben señalizarse y protegerse las aberturas en suelos y escaleras de más de 60 cm de altura, en sus lados abiertos, deben protegerse mediante barandillas rígidas de 90 cm de altura mínima y rodapiés de 15 cm
  • Los lados cerrados de las escaleras y rampas tendrán un pasamanos, a una altura de 90 cm, si la anchura de la escalera es mayor de 1,20 m. Las plataformas, y las escaleras de mano deben tener la solidez y resistencia necesarias para soportar las cargas o esfuerzos a los que sean sometidos.
  • Los suelos pasillos y escaleras deben permanecer libres de obstáculos. Pasillos y escaleras deben tener 1 m de ancho como mínimo, las puertas exteriores tendrán 80 cm de ancho como mínimo.
  • Deben haber espacios específicos para el almacenamiento de materiales y herramientas. 
  • Se deben mantener las zonas de paso, salidas y vías de circulación libres de obstáculos y se deben eliminar con rapidez los desperdicios manchas y residuos de mercancías peligrosas que puedan originar accidentes o contaminar el ambiente de trabajo.
  • Las escaleras de mano deben ser revisadas periódicamente y mantener un ángulo de aproximadamente 75º con la horizontal 
Las técnicas para evitar los riesgos causados por el manejo de los equipos de trabajo son:
  • Adquirir equipos seguros (marcados con CE) Equipos que hayan superado los estándares de calidad y seguridad establecidos por la UE (conforme lo dispuesto en el RD t64'1/2008. de 10 de octubre) 
  • Seguir las instrucciones del fabricante en lo referido a instalación utilización y mantenimiento de equipos. El manual de instrucciones deberá prever el uso normal y el esperado razonablemente, así como las contraindicaciones de empleo. 
  • Uso de las herramientas solo para el trabajo para el cual fueron diseñadas y fabricadas.
  • Contar con formación adecuada para el uso de cada tipo de herramienta.
  • Realizar un mantenimiento periódico (afilado, limpieza, etc. ) 
  • Revisar periódicamente el es estado general de las herramientas (mangos, recubrimientos, aislantes, etc.)
  • Almacenar en cajas o paneles adecuados donde cada herramienta tenga su lugar.
  • Las herramientas eléctricas portátiles tienes que funcionar con tensiones de seguridad 24v o estar dotadas de doble aislamiento
  • No se debe usar aire comprimido para limpiar máquinas o prendas personales.
  • Usar gafas protectoras cuando haya peligro de proyección de partículas o de guantes al manipular herramientas cortantes o de protectores auditivos para protegerse del ruido que pueda producir.
  • Diseño y fabricación de la maquinaria para cumplir con los principios de segundad integral: no ser fuente de peligro para el usuario.
  • Resguardos: son protecciones que impiden el acceso a puntos de peligro de las maquinas como por ejemplo, pantallas, carcasas o tapas.
  • Dispositivos de protección: paran la máquina o impiden su puesta en marcha SI el operario está en la zona de peligro. Incluyen sistemas de bloqueo que hagan imposible su puesta en marcha accidental durante las operaciones de mantenimiento o reparación. Por ejemplo, el mando a dos manos los tapices sensibles a la presión o las barreras.
  • Parada de emergencia: todas las máquinas, excepto las portátiles deben disponer de un dispositivo de parada de emergencia que sea fácilmente visible y rápidamente accesible. Preferiblemente, los mandos de parada de emergencia serán pulsadores tipo “seta” de color rojo sobre fondo amarillo. 
  • Otras medidas. Utilizar equipos de protección individual (gafas, guantes) trabajar conforme a los manuales de instrucción y normas de trabajo, señalizar los posibles riesgos de cada máquina, etc.
Para evitar los daños por Electricidad, se recomienda comprobar que cada herramienta, así como la propia instalación eléctrica tiene la protección adecuada, y en caso de que suceda algún percance, no intentar actuar directamente sin aislamiento eléctrico, intentando golpear al accidentado o metal que se haya pegado con algo de madera o similar aislante.



Como tipos de fuego, en la exposición, se indicaba que había 4, incluyendo las grasas como tipo sólido dentro de los de clase B, que son para los líquidos, pero según información especializada, existe el grupo K como grupo independiente, e incluso sus modos de extinción personal (el extintor) es único y especializado.

Las técnicas para evitar los daños que puede ocasionar un Incendio:

  • Sustituir los materiales inflamables por otros no inflamables o que sean menos inflamables.
  • Efectuar limpieza, ventilación y mantenimientos periódicos de residuos inflamables o combustibles.
  • Utilizar recipientes herméticamente cerrados para el mantenimiento, transporte y depósitos de residuos.
  • Durante los trabajos de limpieza y reparación de los depósitos líquidos inflamables usar gases  no inflamables como el nitrógeno o el dióxido de carbono para impedir la combustión.
  • Usar agentes que cubran el oxígeno y reduzcan su concentración.
  • No fumar ni introducir útiles o herramientas que puedan producir llamas o chipas en locales con riesgo de incendio
  • Proteger de los rayos solares los materiales inflamables tales como aerosoles, disolventes, etc.
  • Ventilar los locales donde se produzcan vapores inflamables
  • Separar las instalaciones generadoras de calor
  • No sobrecargar las instalaciones eléctricas y mantenerlas correctamente.
Higiene Industrial. Podríamos definirla como el conjunto de procedimientos destinados a controlar los factores ambientales que pueden afectar a la salud en el ámbito de trabajo.

Como etapas para el desarrollo de la Higiene Industrial, se define, la etapa de indentificación de posibles peligros, la etapa de evaluación de los peligros, valorando la exposición y extrayendo conclusiones, y por último la etapa de prevención y control de riesgos.


Los principales agentes que influyen en la higiene industrial son:
  • Físicos: variaciones de presión, temperatura, humedad, iluminación, radiaciones, vibraciones mecánicas y ruidos. (y otros mucho más que no se incluyen en las diapositivas)
  • Químicos: tanto en estado gaseoso como partículas (polvo, humos y neblinas) presentes en la atmósfera.
  • Biológicos: infecciones, enfermedades causadas por hongos, fiebre tifoidea, neumonía,...
  • Ergonómicos: posiciones y circunstancias que puedan producir lesiones o daños a la salud.
  • Psicosociales: aquellas que causan tensiones sobre los trabajadores.


Aquí termina el día, continuando con la exposición para el día siguiente con la Hergonomía.




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